Mañana se abre un nuevo plazo para solicitar las Ayudas de Arganda dirigidas a fomentar el empleo estable. Esta línea de ayudas contará con un presupuesto de 300.000 euros.
¿Quién puede solicitarlas y qué requisitos hay que cumplir?

Está dirigida a autónomos, pequeñas empresas y microempresas de la localidad que hayan formalizado un contrato indefinido, bien de manera inicial o bien por conversión de temporal en indefinido, con una jornada laboral mínima de, al menos, 20 horas semanales.

La fecha de inicio de ese contrato indefinido debe estar comprendida entre el 14 de marzo de 2020 y la fecha de registro de la solicitud de esta ayuda.

Los solicitantes deberán cumplir una serie de requisitos, entre otros:

–      Deberán ser personas físicas o jurídicas, siempre que sean microempresa (aquella que tiene hasta 10 trabajadores y que su volumen de negocio o su balance anual no supera los 2 millones de euros) o pequeña empresa (aquella con una plantilla de menos de 50 trabajadores y que su volumen de negocio o su balance anual es igual o inferior a 10 millones de euros), o trabajadores autónomos con local para ejercicio de su actividad, tal y como se establece en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión Europea.

–      Las empresas o actividades profesionales, independientemente de su domicilio social o fiscal, deberán disponer de establecimiento y desarrollar su actividad en Arganda del Rey.

–      Deberá disponer de licencia de apertura de actividad, encontrarse solicitada la misma y en proceso de concesión, o haber presentado declaración responsable de actividad (en los casos que la normativa así lo permita), con fecha anterior al 4 de noviembre de 2021.

 

¿Qué cuantía tienen estas ayudas?

 

Será de 2.000 euros por cada contrato indefinido que presente la empresa que cumpla con los requisitos exigidos, pudiendo adjudicarse un máximo de tres contratos por empresa.

Es decir, cada empresa solo podrá recibir como máximo  6.000 euros.

¿Quién quedaría excluido?

Aquellas empresas que resultaron beneficiarias en la primera convocatoria de las ayudas para fomento del empleo estable no podrán solicitar ayudas en esta segunda convocatoria por contratos que ya fueron subvencionados.

Plazo de solicitud

Comienza mañana, 5 de noviembre de 2021, hasta el agotamiento de los fondos.

Importante: primer criterio de valoración:  orden de entrada de la solicitud

El primer criterio de valoración será el orden de entrada en registro de las solicitudes que cumplen con todos los requisitos y aportan completa toda la documentación requerida, según fecha y hora. Si alguna de las solicitudes llegara incompleta se atenderá como fecha de registro a la última entrada en el mismo que llegara con motivo de la subsanación.

Concurrencia competitiva: criterios en las bases de solicitud

Esta convocatoria tiene carácter de concurrencia competitiva. Es decir, las ayudas se concederán siguiendo  unos criterios de valoración establecidos en las propias bases, las cuales se pueden consultar en https://www.ayto-arganda.es/wp-content/uploads/2021/11/Bases-Convocatoria.pdf.
Modelo de solicitud

El modelo de solicitud que debe aportarse, el cual puede descargarse en https://www.ayto-arganda.es/wp-content/uploads/2021/11/Solicitud-2a-ayudas-empresas-fomento-empleo.pdf, junto con la documentación necesaria, la cual puede consultarse íntegramente en las bases, debe presentarse de manera telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Arganda del Rey (https://sedeelectronica.ayto-arganda.es) o de manera presencial, sólo para personas físicas, en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía.

Más información

Para cualquier duda o aclaración, las personas interesadas pueden contactar con la Concejalía de Empleo y Desarrollo Local a través del correo [email protected] o el teléfono 918711344 (Ext. 5407 y 5409).