Dos nuevas zonas básicas de salud y seis localidades tendrán a partir del lunes cierres perimetrales

 

A partir del próximo lunes, 29 de marzo, Morata de Tajuña dejará de tener restricciones especiales de movilidad. Será el día en el que, sin embargo, dos nuevas zonas básicas de salud (ZBS) y seis localidades comenzarán a tener limitaciones de entrada y salida salvo por causa justificada.

Así, desde el 29 de marzo hasta el lunes 12 de abril permanecerán con cierre perimetral los siguientes núcleos de población:

  • Las zonas básicas de salud de Vicálvaro-Artilleros y Valdebernardo, ambas en el distrito de Vicálvaro de Madrid capital
  • Paracuellos de Jarama,
  • Villanueva de la Cañada,
  • Navas del Rey,
  • Santos de la Humosa,
  • Torrejón de Velasco
  • Chapinería.

Núcleos de población que mantendrán las restriccionesAdemás, hasta las 00:00 horas del lunes 5 de abril seguirán con limitaciones de movilidad:

  • En Madrid capital: las zonas básicas de salud de Núñez Morgado en el distrito de Chamartín;y Virgen de Begoña en el distrito de Fuencarral-El Pardo
  • La zona básica de salud de Valle de la Oliva, en  Majadahonda
  • La localidad de Navacerrada.

Cierre perimetral de Semana SantaDesde hoy, 26 de marzo y hasta el 9 de abril está limitada la entrada y salida de personas en toda la región, salvo por motivos de fuerza mayor.

RECORDAMOS LAS MEDIDAS QUE CONTINÚAN VIGENTES
(Horarios y Aforos)
Los aforos y horarios en las zonas que no cuentan con restricciones especiales de movilidad y que se mantienen vigentes son los siguientes
  • 50% de aforo máximo en el interior de los establecimientos hosteleros, centros deportivos cubiertos y espacios de ocio en centros comerciales.
  • En  la  hostería y restauración podrán ocupar hasta 6 personas máximo cada mesa en terrazas y cuatro personas por mesa en interiores.
  • El cierre para la hostelería y restauración se establece a las 23:00 horas, no pudiendo entrar nuevos clientes para consumir a partir de las 22:00 horas. La comida a domicilio se podrá entregar hasta las 24:00 horas.
  • El uso de mascarillas es obligatorio salvo en el momento concreto del consumo de alimentos y bebidas.
  • 75% de aforo máximo en terrazas, comercios, parques comerciales, centros comerciales, centros privados de enseñanza no reglada, centros de formación, cines, teatros, museos, mercadillos, academias y autoescuelas.
  • Todos locales de actividad comercial, de cualquier tipo, deben cerrar antes de las 22h y no pueden abrir antes de las 06:00h.
  • Solo pueden abrir en horario nocturno las farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y aquellos que presten servicios imprescindibles e inaplazables.