El Ayuntamiento de Arganda del Rey informa de que todas aquellas actividades económicas que tuvieron parar de trabajar durante el Estado de Alarma ya pueden solicitar las bonificaciones fiscales del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y del Impuesto sobre Actividades Económicas. a través de la web del Ayuntamiento de Arganda https://www.ayto-arganda.es/

A continuación, les ofrecemos la información que ha difundido el consistorio argandeño.

Bonificaciones fiscales IBI

Durante el 2021, se establece una exención del 25% de la cuota del IBI con un tope de 600  euros para las actividades económicas que se vieron obligadas a paralizar su actividad durante el Estado de Alarma.

Pulse el enlace para acceder  al impreso que hay que cumplimentar para solicitar la bonificación del IBI

https://www.ayto-arganda.es/…/uploads/2021/01/IBI-pdf.pdf

Requisitos para solicitar la bonificación del IBI

  • Se pide  aportar una declaración responsable en la que se manifieste la existencia de actividad antes del 15 de marzo de 2020 y que ésta continúa,  con posterioridad al levantamiento del estado de alarma, durante todo el periodo impositivo hasta el 31 de diciembre de 2021.

 

  • El  negocio tendrá que disponer de licencia de apertura de actividad  o bien habrá tenido que solicitarla o estar en proceso de concesión, o haber presentado declaración responsable de actividad (en los casos que la normativa así lo permita) antes del 15 de marzo de 2020.

 

  • En los casos de inmuebles en los que el sujeto pasivo no coincida con el titular de la actividad, en la declaración responsable a que se refiere el párrafo anterior se deberá indicar la medida adoptada por el obligado tributario en favor del titular de la actividad, junto con la citada declaración responsable.

Bonificación del IAE

También se puede solicitar ya la exención del 25% del Impuesto sobre Actividades Económicas para este año.

Requisitos para solicitar la bonificación del IAE

  • El requisito que se pide es que se mantenga el mismo nivel de empleo. Es decir, el Ayuntamiento pide aportar, antes del 1 de febrero de 2021, certificados expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social donde figure, por un lado, la plantilla media de trabajadores en alta a comienzos de 2020 o al inicio de la actividad, si esta tuvo lugar después del 1 de enero, pero antes del 15 de marzo de 2020.  Será necesario el certificado de los mismos datos hasta la fecha en la que se realiza la solicitud.

Por lo demás, según informa el Ayuntamiento, en ambos casos, “es necesario que la actividad se siga ejerciendo hasta al menos el 31 de diciembre de 2021″.

Pulse el enlace para acceder al impreso que hay que cumplimentar para solicitar la bonificación del IAE:

https://www.ayto-arganda.es/…/uploads/2021/01/IAE-pdf.pdf

Presentación de solicitudes antes del 1 de febrero

Dichas bonificaciones son de carácter rogado, es decir, se tienen que solicitar antes del 1 de febrero de 2021, mediante impreso normalizado o de forma telemática, conforme a los modelos cuyo enlace hemos ofrecido sobre estas líneas.

Para cualquier aclaración, recordamos que el teléfono de información del  consistorio es 91 871 13 44.

Las bonificaciones fiscales, como medida para ayudar a mitigar los efectos del Covid -19 en el tejido empresarial, fueron consensuadas dentro del marco del Pacto Local para el Desarrollo económico y el Empleo donde están representados los diferentes partidos políticos, los sindicatos y ASEARCO.

Fueron aprobadas por unanimidad en el Pleno municipal de octubre.