La Comunidad de Madrid ha aprobado 5 líneas de subvenciones cuyo objetivo es fomentar la contratación estable de personas que han perdido su empleo.

Incentivos para personas que han perdido su empleo o para que aquellos trabajadores afectados por un ERTE puedan reincorporarse a su trabajo. Estos son los principales objetivos de las líneas de subvenciones aprobadas por el gobierno regional que pretenden ofrecer un apoyo adicional a las pymes que están sufriendo los embistes de la crisis y han tenido que aplicar mecanismos de ajuste temporal de plantilla.

Las nuevas ayudas ponen el acento especialmente en ayudar a los colectivos más vulnerables, a aquellas personas a las que les resulta más difícil encontrar un trabajo, como a los mayores de 50 años, y a los jóvenes sin formación.

  • AYUDAS PARA LA REINCORPORACIÓN DE INDEFINIDOS: La primera línea está dirigida a la reincorporación de trabajadores contratados indefinidamente afectados por expedientes de regulación temporal de empleo.

Importe de la subvención: Se sitúa en 3000 euros por cada reincorporación a tiempo completo y de 2000 euros por cada restablecimiento de jornada a tiempo completo.

 

  • AYUDAS PARA MAYORES DE 50 AÑOS: Dirigida al mantenimiento del empleo de mayores de 50 años contratados de forma indefinida, con una subvención de 3.000 euros.

 

  • INDEFINIDOS A TIEMPO PARCIAL QUE SE CONVIERTEN EN JORNADA COMPLETA: Se incentivará este cambio de contrato indefinido a tiempo parcial que se amplía a jornada completa con ayudas de entre 1.000 y 2.000 euros, en función del porcentaje de jornada que se amplía.

 

  • CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE PERSONAS QUE HAN PERDIDO SU TRABAJO DURANTE EL ESTADO DE ALARMA:  La subvención será de 5.000 euors por cada contratación indefinida inicial a tiempo completo realizada a personas desempleadas, demandantes de empleo inscritas, al menos el día anterior a su contratación en las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid.

 

La ayuda aumenta en 500 euros el importe de las ayudas para contratos indefinidos en Prácticas y Formación y Aprendizaje de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

 

  • COLECTIVOS VULNERABLES Y AUTÓNOMOS: El importe de la subvención se incrementará en 500 euros cuando la persona contratada sea una mujer o pertenezca al colectivo de personas trans.

Y  en 2.000 euros para la primera contratación realizada por autónomos hasta un máximo de 7.500 euros por contrato.

 

QUIÉN PUEDE ACOGERSE A LAS NUEVAS AYUDAS para el mantenimiento del empleo indefinido de afectados por ERTEs, de personas de más de 50 años y para ampliación a jornada completa de indefinidos a tiempo parcial:

 

  • Los autónomos
  • Las entidades de carácter privado que no tengan ánimo de lucro
  • Pymes con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.

 

EL RESTO DE AYUDAS podrán ser solicitadas por las empresas independientemente de su tamaño.

 

 

Publicadas las normas para subvencionar la reincorporación de trabajadores contratados indefinidamente afectados por ERTEs

 

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid recoge hoy la publicación de las normas que permitirán subvencionar la reincorporación de trabajadores contratados indefinidamente afectados por expedientes de regulación temporal de empleo de suspensión y el restablecimiento de la jornada laboral de trabajadores contratados indefinidamente afectados por expedientes de regulación temporal de empleo de reducción de jornada.

PREVISIÓN DE NUEVA CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN:

En las últimas publicaciones del BOCM también se prevé la convocatoria de subvención para el mantenimiento del empleo de mayores de 50 años y la ampliación a jornada completa de contratos indefinidos a tiempo parcial.

 

REVISIÓN DE LAS NORMAS DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA:

Asimismo, a través del BOCM, se revisan las normas reguladoras del programa de incentivos a la contratación indefinida y los incentivos a la contratación de jóvenes para poder adaptar, temporalmente y de forma excepcional, su contenido en materia de sustitución de trabajadores con contratos subvencionados que hayan causado baja antes de los períodos mínimos exigibles de mantenimiento de la contratación.

También en materia de reintegro de subvenciones, en caso de incumplimiento de los períodos obligatorios de mantenimiento de las contrataciones, minimizando el impacto que sobre los beneficiarios de subvenciones ya otorgadas puede tener las circunstancias extraordinarias derivadas del COVID-19.

Podrán encontrar los textos completos de las normas a través de este enlace:

http://www.bocm.es/boletin-completo/bocm-20200803/186/i.-comunidad-de-madrid/c%29-otras-disposiciones/consejer%C3%ADa-de-econom%C3%ADa%2C-empleo–y-competitividad