A partir del próximo 15 de enero, los proveedores de las Administraciones Públicas sólo podrán emitir facturas electrónicas. Es una medida que pretende erradicar la morosidad en el sector público, permite ahorrar costes y reducir los tiempos de facturación.
Estas facturas pueden ser creadas por el propio proveedor o bien puede encargárselo a un prestador de servicios de facturación electrónica para que lo haga en su nombre. En este sentido, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo pone a disposición de las empresas y autónomos un software gratuito que se puede encontrar a través de estos enlaces.
Versión para Windows: http://www6.mityc.es/aplicaciones/facturae/Facturae_3_1_Setup.exe
Versión para Linux: http://www6.mityc.es/aplicaciones/facturae/facturae_3_1_Linux.jar
Versión para MacOS: http://www6.mityc.es/aplicaciones/facturae/facturae_3_1_Mac.pkg
Las facturas han de ser presentadas en los ‘puntos generales de entrada de facturas electrónicas’ y se necesita, para ello, usar un certificado electrónico reconocido. También se pueden mandar facturas electrónicas gracias a la conexión que se establece entre el programa informático que las emite o el servicio de facturación electrónica y el punto general de entrada de facturas digitales.
¿Qué es un punto general de entrada de facturas electrónicas?
Se trata de una ventanilla única online donde se pueden enviar las facturas electrónicas que se desean dirigir a una administración determinada (ayuntamientos, Comunidades Autónomas, Estado). Ofrecen una ventaja añadida ya que a través del punto general de entrada se puede saber, en todo momento, el estado de tramitación de las facturas entregadas.
Se puede acceder al punto general de entrada a través de www.face.gob.es
Para conocer los organismos a los que se pueden enviar las facturas electrónicas a través de www.face.gob.es, pulse este enlace.
Más información, pulsando este enlace.