Desde mañana las empresas pueden solicitar las ayudas para el Fomento del Empleo Estable, lanzadas por el Ayuntamiento de Arganda del Rey.

Esta tercera convocatoria está dirigida a microempresas, pequeñas empresas y autónomos de la localidad. Esta línea de ayudas cuenta con una dotación económica de 300.000 euros, a cargo del Presupuesto Municipal.

El plazo de solicitud comienza mañana y finalizará con el agotamiento de los fondos previstos.

 

¿Cuál es la cuantía de la ayuda y a quién se concede?

La cuantía es de 2.000 euros por cada contrato indefinido que realice la empresa que, además, cumpla con una serie de requisitos. Se pueden conceder un máximo de tres ayudas por tres contratos diferentes realizados por cada empresa. Es decir, la cuantía máxima que se puede otorgar es de 6.000 euros.

Estos contratos por cuenta ajena deberán ser indefinidos, bien desde el primer momento o bien por conversión de temporal a indefinido. La jornada laboral mínima tiene que ser de, al menos, 20 horas semanales.

 

¿Qué requisitos han de cumplir los solicitantes?

 

Tal y como informa el Ayuntamiento de Arganda, estos son algunos de los principales requisitos que han de cumplir los solicitantes:

  • Deberán ser personas físicas o jurídicas, siempre que sean microempresa (aquella que tiene hasta 10 trabajadores y que su volumen de negocio o su balance anual no supera los 2 millones de euros) o pequeña empresa (aquella con una plantilla de menos de 50 trabajadores y que su volumen de negocio o su balance anual es igual o inferior a 10 millones de euros), o trabajadores autónomos con local para ejercicio de su actividad, tal y como se establece en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión Europea.

 

  • Las empresas o actividades profesionales, independientemente de su domicilio social o fiscal, deberán disponer de establecimiento y desarrollar su actividad en Arganda del Rey.
  • Deberá disponer de licencia de apertura de actividad, encontrarse solicitada la misma y en proceso de concesión, o haber presentado declaración responsable de actividad (en los casos que la normativa así lo permita), con fecha anterior al 13 de abril de 2023.
  • El contrato de trabajo por cuenta ajena será indefinido, bien de manera inicial o bien por conversión de temporal en indefinido, y se debe de haber producido a partir del 14 de marzo de 2020 hasta la fecha de solicitud de esta convocatoria y con una jornada laboral mínima de, al menos, veinte horas semanales.

Los contratos que ya fueron subvencionados no podrán recibir estas ayudas.

 

El primer criterio de valoración: el orden de entrada en registro de las solicitudes

Esta convocatoria tiene carácter de concurrencia competitiva. De este modo, es muy importante cumplir con los criterios de valoración que el Ayuntamiento de Arganda ha establecido en sus bases. El primer criterio de valoración es el orden de entrada en registro de las solicitudes.

 

Bases de las Ayudas para el Fomento del Empleo Estable

Estas son las Bases para solicitar las ayudas dirigidas al Fomento del Empleo Estable:

https://www.ayto-arganda.es/wp-content/uploads/2023/04/Bases-3a-Convocatoria.pdf.

 

¿Cómo han de solicitarse las Ayudas?

El modelo de solicitud que debe aportarse, el cual puede descargarse en https://www.ayto-arganda.es/wp-content/uploads/2023/04/Solicitud-3a-Convocatoria-ayudas-empresas-fomento-empleo_Formulario.pdf, junto con la documentación necesaria, la cual puede consultarse íntegramente en las bases, debe presentarse de manera telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Arganda del Rey (https://sedeelectronica.ayto-arganda.es) o de manera presencial, sólo para personas físicas, en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía.

Más información

Las personas interesadas pueden resolver sus dudas contactando con la Concejalía de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Arganda del Rey a través del correo [email protected] o el teléfono 918711344 (Ext. 5407 y 5409).