ASEARCO, asociación que lideró el recurso colectivo interpuesto ante el TSJM, es la única patronal territorial de  España que ha tumbado en los juzgados, a través de sus empresas asociadas, una normativa fiscal que supone una subida de impuestos.

Esta mañana un centenar de pequeños y medianos empresarios se reunió, en la sede de ASEARCO, para analizar y celebrar la sentencia del TSJM que les ha dado la razón, logrando un éxito inédito en los tribunales. La decisión judicial anula la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 2, reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles de Arganda que incrementaba el recibo hasta un 130% para cerca de 500 empresas y propietarios de fincas afectados. El tipo impositivo subió del 0,48% al 1,1%.

 Ante dicha medida, la organización empresarial ASEARCO lideró un recurso colectivo que interpuso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, junto a cien empresarios de la localidad.  Tras dos años de batalla legal, se ha dado a conocer la sentencia que ha resultado favorable a las empresas argandeñas. Esto significa que el tipo impositivo del impuesto vuelve a ser el anterior a la subida.

Los servicios jurídicos de la organización empresarial, el Despacho de Abogados Montero Estévez y el letrado Álvaro Torrecillas, han estado al frente del recurso y de la defensa de los empresarios afectados.

David París, presidente de ASEARCO.

En palabras del presidente de la organización empresarial, David París, «ASEARCO es la única patronal territorial de España que, a través de sus empresas asociadas, ha tumbado en los tribunales una normativa fiscal que sube impuestos»

 “Un incremento discriminatorio, desproporcionado y arbitrario”

La sentencia del TSJM explica que el Ayuntamiento no respetó el plazo mínimo de exposición pública por lo que declara la nulidad de pleno derecho de la modificación de la Ordenanza. Es decir, no se había garantizado la seguridad jurídica ante un cambio que suponía un varapalo fiscal con un impacto muy importante en la economía y en la viabilidad de las pymes afectadas.

 De hecho, la publicación de la Ordenanza se produjo cuando aún no había finalizado el plazo de exposición pública, una circunstancia “grave”, según apunta en su sentencia el TSJM.

Además de la indefensión originada por la falta de comunicación necesaria, el recurso colectivo defendía que la normativa que incrementaba el IBI era “desproporcionada y arbitraria”. Indicaba, en este sentido, que no fue acompañada de un “verdadero informe técnico – económico del Ayuntamiento que justificara la subida del tipo impositivo del 0,48% al 1,1%”, de forma previa a la adopción de la medida. Resultaba, en palabras del recurso, además, una medida “discriminatoria” para los propietarios afectados ya que “podría haberse obtenido un resultado igual aplicando otros criterios o modelos más solidarios”.

Jesús Garzas, abogado del despacho Montero Estévez Abogados, y David París, presidente de ASEARCO.

Devolución de las cantidades ingresadas por una Ordenanza que ha sido tumbada en los tribunales

Durante la jornada informativa, y tras explicar la sentencia, el presidente de ASEARCO, David París, informó a los empresarios asistentes de las conversaciones que está manteniendo con los técnicos del Ayuntamiento de Arganda para proceder a la devolución, a los empresarios recurrentes, de las cantidades ingresadas por una Ordenanza  que ha sido tumbada en los tribunales.

El Ayuntamiento procederá a la liquidación de las cantidades objeto de devolución, una vez que la sentencia sea firme, haciendo una compensación con las que correspondería cobrar teniendo en cuenta el tipo anterior a la modificación de la Ordenanza en 2021.

Una medida que se aplicará teniendo presente cada caso, de manera individualizada. Las empresas recurrentes pueden acudir a los servicios jurídicos de ASEARCO también para esta fase del proceso.

El abogado, Álvaro Torrecillas junto a los letrados Juan Montero y Jesús Garzas, del Despacho Montero Estévez.