Estas son algunas de las nuevas medidas anunciadas por la Comunidad de Madrid y que entrarán en vigor a partir del próximo lunes
Este mediodía la Comunidad de Madrid ha explicado algunas de las nuevas medidas que entrarán en vigor a partir del lunes 31 de mayo.
Mañana se conocerá con detalle la nueva normativa, cuando sea publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
A continuación les ofrecemos las medidas que ya han sido anunciadas:
HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN
Desde el próximo lunes los establecimientos de hostelería podrán cerrar a la 1:00 de la madrugada y no se podrán admitir nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.
El número máximo de comensales pasará de 4 a 6 como máximo por mesa en el interior de los establecimientos de hostelería y pasará a ser de 6 a 8 en los exteriores.
En cuanto al aforo, seguirá siendo del 50% en interiores de hostelería y restauración (incluidos los salones de banquetes) y del 75% en exteriores.
COMERCIO
Los establecimientos comerciales minoristas, los centros comerciales y mercadillos dejarán de tener limitación horaria (actualmente el horario es de 06:00 horas hasta las 23:00 horas.
El aforo máximo permitido para establecimientos comerciales minoristas, centros comerciales y mercadillos se mantiene en el 75%.
GIMNASIOS E INSTALACIONES DEPORTIVAS
A partir del lunes podrán permanecer abiertos hasta las 0:00 horas
El aforo se mantendrá al 50%.
Se exige que se mantenga la ventilación de los establecimientos para lo que se aconseja que tengan medidores de CO2
PARQUES RECREATIVOS INFANTILES
Aumenta el aforo permitido: se eleva del 40% al 50%.
CENTROS DE FORMACIÓN, ACADEMIAS Y AUTOESCUELAS
Las academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada mantendrán como hasta ahora un aforo del 75%.
CINES, TEATROS Y AUDITORIOS
Cines, teatros y auditorios podrán cerrar a la 01:00 de la madrugada.
LA VENTILACIÓN EN LOS ESTABLECIMIENTOS
La Consejería de Sanidad recomienda que se refuercen las medidas para garantizar una ventilación adecuada (apertura de puertas y ventanas, ventilación cruzada, ajustar sistemas de ventilación a mayor potencia, etc…).
De este modo, aconseja a los titulares de los establecimientos medir la calidad del aire, “preferentemente en los momentos de mayor afluencia, con la utilización de medidores de CO2. En caso de que la concentración de CO2 supere las 1.000 partes por millón, se deberán adoptar medidas tales como incrementar la ventilación o disminuir el aforo hasta que se sitúe por debajo de este indicador”, tal y como informa la Comunidad de Madrid.