La Comunidad de Madrid acaba de informar, de manera oficial, del cierre de los establecimientos comerciales y hosteleros con algunas excepciones. Con esta medida el Gobierno regional pretende frenar los contagios por coronavirus.

Todas las medidas entrarán en vigor a partir de las 00.00 horas de este sábado, una vez publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

A continuación, les ofrecemos los detalles de la entrada en vigor de la medida, los establecimientos que no podrán abrir y aquellos que sí podrán hacerlo.

Contenido del comunicado del Gobierno regional

A través de la Consejería de Sanidad, se ordena la suspensión de la actividad en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid de los espectáculos públicos, actividades recreativas, locales, establecimientos y comercios minoristas.

Con el objetivo de garantizar los suministros de productos básicos y de alimentación a la población, podrán seguir abiertos con normalidad los comercios minoristas de alimentación, de venta de productos de primera necesidad y supermercados, entre otros.

Medida provisional: hasta el 26 de marzo

Es una medida provisional que estará vigente, en un principio, hasta el 26 de marzo. Tal y como comunica la Comunidad de Madrid, se adopta para facilitar el distanciamiento social porque persiste “un riesgo inminente y extraordinario para la salud de la población”.

Tal y como informa el gobierno regional, la medida supone el cierre de bares de copas, tabernas y bodegas, cafeterías, bares, chocolaterías, heladerías, restaurantes, salones de banquetes y terrazas, entre otros. También los parques de atracciones, parques zoológicos, parques recreativos infantiles, verbenas, desfiles y fiestas populares se cierran.

Supone, además, el cierre de cines, teatros, discotecas, salas de exhibiciones, salas de conciertos, auditorios y salas de exposiciones. También están afectados por esta medida gimnasios, locales o recintos deportivos cerrados, los destinados a la práctica deportiva de uso público, casinos, salones de juego, locales específicos de apuestas y salones recreativos.
La clausura también se aplicará a los locales de ensayo de la Comunidad de Madrid para jóvenes músicos, dirigidos a asesoramiento y formación; los centros de formación, de usos múltiples, con espacios de biblioteca, salas de lectura y archivos de documentación, así como los albergues, refugios juveniles y servicios de información juvenil.

Bares y Restaurantes podrán prestar servicios de entregas a domicilio

En el caso de cafeterías, bares y restaurantes permanecerán cerrados al público, pudiendo prestar exclusivamente servicios de entrega a domicilio o para su recogida en el local y consumo a domicilio.

El comunicado del Gobierno regional indica que “la permanencia en estos establecimientos deberá ser la estrictamente necesaria. En todo caso se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad establecida a fin de evitar posibles contagios”.

El cierre no afecta a los bares y restaurantes ubicados en establecimientos hoteleros o en el interior de las instalaciones destinadas a la prestación de servicios públicos.

¿Qué otros establecimientos podrán abrir?

La orden de la Consejería de Sanidad tampoco afecta a comercios minoristas de alimentación y primera necesidad. De este modo, podrán permanecer abiertas las fruterías, carnicerías, pescaderías, panaderías, farmacias, gasolineras, estancos, quioscos y supermercados, entre otros. En el caso de las grandes superficies solo podrán abrir la zona habilitada con este tipo de servicios.

Al respecto de estas aperturas, otra indicación del Gobierno regional: la permanencia en los establecimientos comerciales abiertos deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos.

Podrán permanecer abiertas las tiendas de informática, de audiovisuales, las papelerías, los comercios de productos de higiene, las tiendas de animales de compañía o los comercios por correspondencia o Internet, entre otros.

Funcionamiento de la Administración Regional y Local durante la alarma sanitaria

Si desean ampliar la información sobre el funcionamiento de la administración regional y local a partir de mañana, pulse este enlace, en el que encontrarán el contenido : COMUNICADO ÍNTEGRO DE LA COMUNIDAD DE MADRID.pdf

Asistencia legal de ASEARCO

Los empresarios asociados pueden enviar todas las dudas legales que les puedan surgir sobre estas medidas u otros asuntos relacionados con los problemas que se originen en su empresa como consecuencia de la alerta sanitaria por el coronavirus.

 

Desde ASEARCO lamentamos enormemente las consecuencias económicas que las actuales circunstancias de alerta sanitaria están ya teniendo o pueden llegar a tener en las empresas. Entendemos que la medida atiende a criterios de emergencia sanitaria y cumplirla es un ejercicio de responsabilidad.

Queremos transmitir a todas las empresas, autónomos, comerciantes y hosteleros nuestra más profunda solidaridad.